Los
principios definitorios del SITNA son:
1.
Establece un modelo de funcionamiento en el que cada unidad interviniente ve reforzada su eficiencia como consecuencia de su relación con el SITNA.
La aportación de información al SITNA requiere una previa integración de la información de la unidad e incorpora adicionales requerimientos de calidad corporativa sin menoscabo de su autonomía y responsabilidad.
La incorporación de las informaciones referidas al territorio de Navarra demanda de cada titular el mantenimiento puntual de sus respectivas áreas de responsabilidad.
Los usuarios internos incrementan su productividad al disponer de información necesaria que anteriormente era costosa o inaccesible.
Los datos y procesos, métodos y procedimientos de trabajo, tecnologías y sistemas de información, que debe aportar el SITNA, son un incentivo en la modernización de nuestra Administración; pero, a su vez, la modernización de las AA.PP. deberá dinamizar los distintos componentes del SITNA.
El mecanismo para resolver eficientemente esa aparente contradicción entre integración y autonomía no puede ser otro que el consenso, conscientes de que el sistema siempre ofrece alternativas para que el conjunto y cada uno de sus componentes salga reforzado.
La eficiencia de las administraciones públicas ha de requerirse en épocas de bonanza y de escasez. Así lo ha planteado el SITNA desde sus inicios, disponiendo medidas para garantizar que los procesos de producción de datos se realicen una sola vez y que sus resultados sean integrables. El reto del SITNA en este sentido es cuantificar su eficiencia.
2. Potencia la gestión del conocimiento que facilita el cambio hacia la mejora continua de la calidad:
Potenciar la formación significa incrementar la capacitación del personal e incentivar su motivación, difundir el conocimiento y promover el aprendizaje organizacional.
Potenciar la formación es condición previa y, en muchos casos, imprescindible para abordar los inevitables procesos de cambio.
Formación, capacitación y predisposición al cambio, desde una perspectiva individual y colectiva, son componentes necesarios para perseguir una mejora continua de los procesos.
La información ha de ofrecer los niveles de calidad adecuados y la documentación (metadatos) suficiente para facilitar su correcta utilización.
3. Oferta el mejor servicio a los usuarios internos y externos:
El criterio que marque las prioridades estratégicas ha de ser la satisfacción de las necesidades de información de la sociedad navarra; en consecuencia, la ciudadanía ha de encontrar con facilidad la información territorial disponible en condiciones que favorezcan su utilización y reutilización.
El criterio que marque las prioridades de los procesos orientados a la satisfacción de las necesidades de los usuarios internos ha de tener en cuenta la relación final de dichas demandas con el servicio a la sociedad navarra.
El SITNA ha tenido desde el principio una clara consideración de
servicio público y gratuito.
4. Constituye un elemento integrador e integrable:
El SITNA, por su carácter corporativo, ha de garantizar la armoniosa integración de datos y procesos de distintas unidades, convirtiéndose en el componente territorial de un sistema de información de Navarra.
El SITNA ha de alinear su desarrollo con los planteamientos estratégicos del Gobierno y, en ese sentido, asumir que estos afectan y afectarán más aún en el futuro a los planteamientos del SITNA.
5. Impulsa la digitalización de la administración y la sociedad de la información y el conocimiento:
El SITNA, tanto por sus contenidos, como por su tecnología, representa una aportación al desarrollo en Navarra de la Sociedad de la Información y el Conocimiento.
Por sus aportaciones a la atención al ciudadano, a la gestión del conocimiento, a la mejora de la calidad, por los impulsos al cambio que implica, etc. ha de concebirse también como un componente de la modernización de la administración de la Comunidad Foral.
6. Se fundamenta en criterios de coordinación, cooperación y participación.
El SITNA, desde la constitución de su Comisión de Coordinación, ha quedado definido como un sistema en el que esta función ha sido la principal.
El SITNA ha nacido de la cooperación y colaboración entre profesionales de la Administración de la Comunidad Foral y de Tracasa. Estos atributos, colaborativo y cooperativo, se han convertido en principios del SITNA.
Los procesos de elaboración, seguimiento y valoración de los Planes Estratégicos, de los Planes de Actuación y de los programas de Trabajos y Proyectos, es decir, de toda la actividad del SITNA, son participativos. Esta es una seña de identidad consolidada y persistentemente perseguida.
Su posterior apertura a otras entidades (ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y federaciones de actividades al aire libre), más la Universidad Pública de Navarra, son prueba de este principio.
7. Refuerza la estrategia de "Gobierno Abierto":
Oferta información y herramientas reforzando la transparencia y el buen gobierno, realiza su planificación por procesos de Participación Pública y establece y prioriza la hoja de ruta de su evolución contando con todas las personas usuarias. Este es su gran aporte a la iniciativa "Open Data Navarra" y a su democratización.
Potencia la participación de los usuarios internos y externos e impulsa la colaboración y cooperación con toda clase de actores involucrados en el territorio o su tecnología.
Sus principales
características pueden concretarse de la siguiente manera:
a)
Corporativo. Es un sistema del conjunto de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Está diseñado para incluir a las administraciones locales que lo demanden. Ofrece sus datos y servicios al conjunto de la sociedad navarra.
b)
Horizontal. Por su naturaleza y vocación, y, sobre todo, por su gestión, SITNA es horizontal. Sus órganos de coordinación definen esta característica.
c)
Participativo. Para que las dos características anteriores resulten sostenibles, SITNA ha de ser participativo; todos y cada una de sus integrantes tienen un espacio de participación en el desarrollo del sistema.
d)
Cooperativo: los titulares de la información incluida mantienen íntegramente la competencia y responsabilidad sobre ella, cooperando con su aportación al desarrollo de SITNA. Más allá de las obligaciones derivadas de esta norma, SITNA mantendrá la cooperación como una de sus características, especialmente con otras entidades públicas o privadas, desde el ámbito local al internacional.
e)
Integrador, al impulsar la incorporación de la información producida por las distintas unidades y, a la vez, poniendo en relación ésta con la de otros proveedores a fin de generar mayor valor añadido que el que se produce por la publicación de determinada información por si misma.
f)
Distribuido, de manera que facilita y potencia el trabajo específico y autónomo de cada una de las unidades.
g)
Histórico, ya que ha de mantener las series temporales de información relativa al territorio dinámico y progresivo; dinámico, porque debe estar abierto a adaptarse a los requerimientos cambiantes de los demandantes de información, las nuevas ofertas de los productores y las posibilidades que ofrezcan las nuevas tecnologías; pero también porque debe adentrarse en el espacio de plataformas dinámicas que soportan y se alimentan automáticamente de los procesos de gestión, que, en todo caso, seguirán siendo responsabilidad de sus titulares.
h)
De calidad, con referencias geográficas precisas y homogéneas, siempre con la información más actualizada posible.
i)
Referente para la gestión, eficiente y rentable, en línea con los planteamientos estratégicos del Gobierno y con los objetivos de negocio de las distintas unidades, para garantizar el acceso a la mejor información geográfica disponible, con una clara economía de medios y, por tanto, de costes.
j)
Alineado con el desarrollo de la Directiva 2007/2/CE, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea y de la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España. Más recientemente con la
Directiva 2019/1024, de datos abiertos y reutilización, de julio de 2019, que cambiará drásticamente el mercado geoespacial, al reclamar del sector público los llamados
temas de alto valor entre los que se citan los
geoespaciales, de observación de la Tierra y medio ambiente, meteorológicos, estadísticos, de sociedades y su propiedad, y de movilidad, que deben publicarse de manera gratuita, como ya hace SITNA, en formatos procesables automáticamente y mediante API y descargas completas.
k)
Soporte de los retos modernos de nuestra sociedad: la protección social, la eficiencia de los servicios públicos, la mejora del marco de convivencia, la reactivación económica, la transición energética, el desarrollo territorial sostenible y, como no, ser un valioso recurso e infraestructura para una Sociedad del Conocimiento y Digitalizada.
l)
Base territorial para las tecnologías emergentes:
- Cámaras, imágenes y sensores.
- Drones.
- Toma de datos y escaneo 3D
- Inteligencia artificial, asociada a la «inteligencia espacial»
- Sensores inteligentes e Internet de las cosas
- Tecnologías inmersivas
- Simulación
- Conectividad
Son sus principales paradigmas:
- Los datos y servicios abiertos como infraestructura.
La interoperabilidad como universalización y garantía de acceso.
El «Sistema» como servicio público.
Servir de eje y soporte de la correcta gobernanza y la transparencia en las Administraciones Públicas navarras.
- La ciudadanía como objetivo, priorizando los servicios de emergencia, el apoyo al emprendimiento y la mejora de la competitividad.
- Adaptación de los recursos a la «prestación de servicios».
En línea con la normativa de referencia:
Directiva 2007/2/CE, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE).
Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España.
Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Directiva (UE) 2019/1024, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público. Pendiente de transposición.